El Interés Superior de las Infancias: Superando el cilo de separación judicial entre padres que usan drogas
Cuando se examina la crisis mundial de encarcelamiento y las políticas punitivas en materia de drogas, una población demográfica crucial queda sistemáticamente fuera de la conversación: las infancias. En un evento paralelo reciente de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal —organizado en Ágora, junto con la Red Internacional de Personas que Usan Drogas (INPUD), la Coalición Internacional para Hijas e Hijos de Personas Encarceladas y el Centro Internacional para la Reforma del Derecho Penal y la Política de Justicia Penal—, un grupo de especialistas se reunió con el fin de abordar una dimensión crítica del cumplimiento jurídico internacional: la alineación de las políticas nacionales sobre drogas con los derechos internacionales de las niñas, los niños y los adolescentes.
La magnitud de esta crisis ignorada es alarmante. Tan solo en América Latina y el Caribe, se estima que entre 1.7 y 2.3 millones de niñas, niños y adolescentes tienen a su madre o padre en prisión, con casi medio millón sufriendo el impacto específico del encarcelamiento vinculado a delitos de drogas. A pesar de estas cifras, las infancias afectadas siguen siendo invisibles, en gran medida, en el diseño de políticas públicas y en la toma de decisiones dentro de la justicia penal.
La brecha de los derechos humanos: la equiparación del consumo de drogas con la situación de riesgo
A nivel global, los sistemas judiciales y penales operan con frecuencia bajo una presunción estructural que equipara el consumo de drogas por parte de los progenitores con un peligro inherente para sus hijas e hijos, lo que a menudo deriva en la separación automática de los hogares. Esta suposición confunde la criminalización con el daño real, lo cual representa una violación directa de los marcos internacionales jurídicamente vinculantes.
De conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas:
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El artículo 3 establece que el interés superior del niño, niña o adolescente debe ser una consideración primordial en todas las medidas que les afecten.
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El artículo 9 estipula explícitamente que no se separará a las infancias de sus madres o padres contra la voluntad de estos, excepto cuando las autoridades competentes determinen que tal separación es estrictamente necesaria para su interés superior.
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El artículo 12 afirma que las infancias tienen derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afecten.
A pesar de estas obligaciones claras, la separación familiar se trata con frecuencia como una consecuencia automática del proceso de justicia penal, en lugar de considerarse una excepción individualizada y basada en evidencia.
La realidad en el terreno: la privación sistémica de los derechos de la patria potestad
En muchas regiones, el simple hecho de buscar ayuda médica puede poner a las madres y padres en riesgo de perder a sus hijas e hijos. Anton Basen, director ejecutivo de INPUD, destacó la grave situación en Ucrania y otros países postsoviéticos que cuentan con marcos regulatorios represivos en materia de drogas.
En Ucrania, inscribirse en un programa de terapia con agonistas opioides requiere un diagnóstico oficial de dependencia a estas sustancias. No obstante, este diagnóstico médico se convierte en un registro permanente ante las autoridades. De acuerdo con el artículo 164 del Código de Familia de Ucrania, la privación de la patria potestad puede ocurrir por la sola existencia de este diagnóstico, independientemente de qué tan bien la madre o el padre cuide o atienda a su hija o hijo. Como resultado, casi 30,000 pacientes en Ucrania se encuentran automáticamente en riesgo de perder sus derechos parentales si tienen descendencia.
El costo desproporcionado para las mujeres y el debate global sobre las guarderías en las prisiones
La aplicación de políticas punitivas contra las drogas genera un impacto de género sumamente marcado. La población penitenciaria femenina crece aceleradamente en todo el mundo. Las investigaciones indican que entre el 35% y el 70% de las mujeres en prisión en América Latina están encarceladas por delitos de drogas, y la gran mayoría son madres solteras y las principales proveedoras de cuidados. El encarcelamiento de estas actoras de menor rango no contribuye de manera significativa a desarticular las redes del crimen organizado; sin embargo, el costo en los derechos de las infancias y sus familias es devastador.
La situación es tan grave en algunas regiones, como Bolivia, que la ineficacia de los sistemas judiciales y la pobreza extrema provocan que las niñas y los niños terminen mudándose a las prisiones para vivir con sus progenitoras encarceladas. Debido a que las madres no pueden asegurar el sustento de sus familias fuera del centro penitenciario, las infancias residen en la cárcel y salen cada mañana para asistir a la escuela antes de regresar.
Esta realidad pone de relieve un profundo debate global analizado por colectivos como la Red Global de Guarderías en Prisiones: ¿cómo resolver la tensión entre mantener a las familias unidas y confinar a las infancias en entornos carcelarios? Aunque en lugares como Corea del Sur existen unidades materno-infantiles con enfoque de atención al trauma, y una reciente decisión de la Corte Suprema salvó una unidad similar en Canadá, estos programas enfrentan una enorme brecha de evaluación respecto a sus impactos reales en el desarrollo de la niñez.
Vías de avance: hacia una justicia restaurativa
Nuestro desafío colectivo no radica en la falta de soluciones, sino en la ausencia de voluntad política para ampliar enfoques que protejan a las infancias y, al mismo tiempo, promuevan la seguridad pública. Las y los especialistas señalan varias medidas fundamentales para reformar el sistema:
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Implementación de las "Declaraciones de impacto en la infancia": En Canadá, diversos sectores defensores de derechos humanos están pilotando un documento sencillo —diferente de una "Evaluación de impacto en la infancia", de carácter muy técnico— que permite a las madres y padres compartir información sobre la rutina de sus hijas e hijos y la manera en que el encarcelamiento la interrumpirá. Esto mitiga el profundo temor de las madres a revelar que tienen descendencia ante las autoridades, proporcionando a la judicatura el contexto indispensable para optar por medidas no privativas de la libertad.
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Aprovechamiento de los marcos internacionales: Más allá de la Convención sobre los Derechos del Niño, quienes abogan por esta causa pueden basarse en las Reglas de Bangkok, las cuales promueven explícitamente las medidas no privativas de la libertad para las mujeres que enfrentan el sistema de justicia penal.
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Empoderamiento de las organizaciones de base: Las organizaciones que trabajan directamente en el terreno, como Reinserta, RUF y NNAPES, poseen un conocimiento profundo y práctico sobre las vivencias reales de las infancias afectadas. Centrar el diseño de políticas en sus perspectivas permite abordar de manera efectiva las asimetrías de poder y de posición.
La reforma de las políticas de drogas constituye una obligación esencial en materia de derechos humanos que determina de forma directa el bienestar y la seguridad de las próximas generaciones. Centrar las decisiones en el interés superior de la niñez exige abandonar con determinación los paradigmas punitivos de "mano dura", transitando hacia marcos compasivos, restaurativos y basados en evidencia.
Para profundizar en esta conversación fundamental y escuchar directamente a nuestro panel de especialistas, le invitamos a consultar la grabación completa del evento a continuación:
Jorge (Moderador del evento):
Excelencias, distinguidos delegados, colegas y amigos: buenas tardes a quienes nos acompañan desde Europa y buenos días a nuestros participantes que se conectan desde las Américas. Mi nombre es Jorge, y nos encontramos aquí en el evento paralelo de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, organizado en Ágora, en estrecha colaboración con la Red Internacional de Personas que Usan Drogas (INPUD), la Coalición Internacional para Hijas e Hijos de Personas Encarceladas y el Centro Internacional para la Reforma del Derecho Penal y la Política de Justicia Penal.
Nuestra discusión de hoy aborda una dimensión crítica, aunque frecuentemente ignorada, del cumplimiento jurídico internacional: la alineación de las políticas nacionales sobre drogas con los derechos internacionales de las niñas, los niños y los adolescentes. Los sistemas judiciales y penales operan a menudo bajo un paradigma que equipara el consumo de drogas por parte de los progenitores con un peligro inherente para sus hijas e hijos. Esta suposición estructural conduce con frecuencia a la separación de las infancias de sus hogares, particularmente dentro de las comunidades marginadas.
Para fundamentar nuestras reflexiones de hoy, recordamos el artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, el cual mandata explícitamente que los Estados deben velar por que las infancias no sean separadas de sus madres o padres contra su voluntad, a menos que las autoridades competentes, sujetas a revisión judicial, determinen que tal separación es estrictamente necesaria para el interés superior de la niñez. Para abrir nuestra sesión y compartir las perspectivas desde las líneas de frente de la defensa global, tengo el distinguido honor de presentar a nuestra contraparte coorganizadora para sus palabras de bienvenida. Recibamos al representante de INPUD, Anton Basen.
Palabras de apertura
Anton Basen (Director ejecutivo, INPUD):
Hola a todos. Mi nombre es Anton Basen, director ejecutivo de la Red Internacional de Personas que Usan Drogas. Agradezco a quienes colaboran en Ágora y a todas las organizaciones aliadas por organizar este evento tan importante. Este tema no es algo que se escuche a menudo a la luz de los derechos de las personas que usan drogas, los derechos parentales o los derechos de la niñez. Soy originario de Ucrania, actualmente resido en Bruselas, Bélgica, y represento a la única red global de personas que usan drogas, la cual une a ocho redes regionales en todo el mundo, así como a la Red Internacional de Mujeres que Usan Drogas.
Fui miembro fundador de la Red Ucraniana de Personas que Usan Drogas y contribuí al establecimiento de la Red Ucraniana de Mujeres que Usan Drogas. Uno de sus problemas estratégicos —y esto no es exclusivo de Ucrania, sino común en muchos países postsoviéticos con marcos regulatorios represivos en materia de drogas— es la violación sistémica de los derechos humanos. Entre los motivos jurídicos para la privación de la patria potestad se encuentra el simple hecho de ser diagnosticado con dependencia al alcohol o a las drogas.
Así es como se ve la realidad: Ucrania cuenta con el programa de terapia con agonistas opioides más grande de Europa Oriental y Asia Central. La inscripción es sencilla: se debe ser mayor de 18 años (o contar con un certificado específico de los padres si se es menor) y tener un diagnóstico de dependencia a los opioides. El diagnóstico se vuelve oficial una vez que la persona se inscribe como paciente ambulatorio en el programa estatal y firma el consentimiento informado. Sin embargo, una vez que se recibe el diagnóstico, este se convierte en un registro permanente ante todas las autoridades. Observamos docenas de casos en los que los miembros de la familia utilizan el hecho de que una persona tiene un diagnóstico en su historial médico para quitarle a su hija o hijo, o incluso un departamento. De acuerdo con el artículo 164 del Código de Familia de Ucrania, la privación de la patria potestad no se basa en qué tan bien se trate o eduque a la descendencia; se basa únicamente en la existencia del diagnóstico. Casi 30,000 pacientes de terapia con agonistas opioides en Ucrania se encuentran automáticamente en riesgo de ser privados de sus derechos parentales si tienen hijas o hijos.
Estamos tratando de incidir para cambiar estas situaciones. Es difícil porque requiere modificar no solo el acto jurídico, sino el paradigma completo de pensamiento entre los tomadores de decisiones y generaciones de personas que no comprenden verdaderamente el uso de sustancias y la dependencia a las drogas. Todavía comparten información sesgada y anticuada, alejada del conocimiento científico y basado en evidencia actual. Una persona puede tomar su medicamento, tener la misma calidad de vida que cualquier otra y ser una buena madre o padre; el diagnóstico en sí mismo no debería importar. Espero que los debates de hoy aporten soluciones o ideas sobre cómo podemos avanzar juntos y aprovechar las sinergias entre las diferentes organizaciones que trabajan en las distintas regiones para abordar estos casos. Muchas gracias.
Discurso principal
Jorge:
Gracias por contextualizar la realidad de las políticas globales, el contexto en Ucrania y la necesidad de una reforma sistémica. Ahora tengo el privilegio de presentar a nuestra oradora principal, Meg. El trabajo de Meg se enfoca en la reforma de la justicia penal, el acceso equitativo a los mecanismos restaurativos y la exploración de la intersección de los procesos de justicia con las operaciones de las organizaciones sin fines de lucro y los programas de defensa jurídica. Forma parte de las juntas directivas de las coaliciones canadiense e internacional para hijas e hijos de personas encarceladas y es candidata al doctorado en las universidades mandatadas por las Naciones Unidas. Hoy presentará las conclusiones de su vital publicación titulada Children of Incarcerated Parents: The Impact of Criminalization for Drug Offenses in Latin America.
Meg (Oradora principal):
Gracias, Jorge, y gracias, Anton, por sus palabras de apertura. Buenos días, buenas tardes y buenas noches a mis distinguidos delegados, colegas y aliados. Me gustaría comenzar situando esta conversación no solo en la política pública, sino en una profunda consideración por las vivencias reales de las infancias que estamos analizando hoy. Mi intención es visibilizar a las niñas, niños y adolescentes cuyas vidas se ven profundamente alteradas cuando una madre o un padre entra en contacto con el sistema de justicia penal. Para muchas de estas infancias, esto comienza con una interrupción abrupta en el momento del arresto y se transforma en inestabilidad, separación y estigma a largo plazo.
Estas conversaciones son particularmente relevantes en este momento, reconociendo el crecimiento de la población penitenciaria femenina a nivel global y el incremento del respaldo público a las políticas punitivas contra las drogas en la región latinoamericana. Un tema común a nivel mundial es la notable ausencia de las infancias afectadas en los debates sobre políticas públicas. En toda América Latina y el Caribe, se estima que entre 1.7 y 2.3 millones de niñas, niños y adolescentes tienen a su madre o padre en prisión, con casi medio millón sufriendo el impacto específico del encarcelamiento vinculado a delitos de drogas. A pesar de esta magnitud, estas infancias siguen siendo invisibles, en gran medida, en el diseño de políticas públicas y en la toma de decisiones dentro de la justicia penal.
Bajo la Convención sobre los Derechos del Niño, varias disposiciones son directamente relevantes:
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El artículo 3 establece que el interés superior del niño, niña o adolescente será una consideración primordial.
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El artículo 9 estipula que las infancias no serán separadas de sus madres o padres contra su voluntad, excepto cuando las autoridades competentes determinen que es necesario para su interés superior.
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El artículo 12 afirma que las infancias tienen derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afecten.
En conjunto, estas disposiciones establecen una obligación clara y jurídicamente vinculante. Las decisiones que afectan a las infancias —incluyendo el arresto, la prisión preventiva y la sentencia de sus progenitores— deben considerar activamente sus derechos, relaciones y perspectivas. Desafortunadamente, en la práctica, esta consideración sigue siendo sumamente limitada. Reconocer a las niñas, niños y adolescentes como titulares independientes de derechos replantea el problema, pasando de considerarlo un "daño colateral" a una cuestión de responsabilidad jurídica.
Un problema central es la persistente visión de que el involucramiento de una madre o un padre con las drogas constituye un riesgo inherente para las infancias. El estigma que rodea al consumo de sustancias da forma a las respuestas institucionales, reforzando las decisiones que priorizan la separación familiar en lugar del apoyo. Los impactos en las infancias incluyen la inestabilidad económica, la interrupción de la educación y la vivienda, el estigma y el sufrimiento emocional. Desde una perspectiva jurídica, estos impactos vulneran los derechos a la vida familiar, la educación, la protección y el desarrollo.
La separación familiar se trata con frecuencia de manera automática en lugar de excepcional, lo que entra en directa tensión con el artículo 9. Es fundamental centrarse en la naturaleza de género de los patrones actuales de encarcelamiento. Las mujeres son encarceladas regularmente por delitos de drogas de menor rango y, a menudo, son las principales proveedoras de cuidados o madres solteras. En gran parte de América Latina, las respuestas de la justicia penal han estado marcadas por enfoques de "mano dura" que priorizan la represión y el encarcelamiento. Sin embargo, existe escasa evidencia de que el encarcelamiento de las actoras de menor rango desarticule el crimen organizado, mientras que los costos en los derechos de las infancias y sus familias son significativos.
Una política pública eficaz debe distinguir entre la aplicación indiscriminada de la ley y una aplicación focalizada que se encuentre integrada dentro de un marco más amplio que respete el Estado de derecho y los derechos de la niñez. Las intervenciones tempranas y basadas en el apoyo, fundamentadas en los sistemas sociales y de salud, pueden promover de mejor manera el bienestar de la infancia, manteniendo a las familias unidas siempre que sea posible. El liderazgo en este tema debe ser impulsado directamente por las personas afectadas y las organizaciones comunitarias de base (como Reinserta y plataformas como NNAPES), quienes demuestran que las alternativas ya se están implementando con éxito. Nuestro desafío colectivo no es la falta de soluciones, sino la voluntad política para ampliar y sostener enfoques que protejan los derechos de las infancias, al tiempo que promueven la justicia, la salud y la estabilidad social.
Diálogo y sesión de preguntas y respuestas
Jorge:
Gracias por una presentación basada en evidencia. Su publicación destaca que entre el 35% y el 70% de las mujeres en prisión en América Latina están encarceladas por delitos de drogas, y la gran mayoría son madres solteras y las principales proveedoras de cuidados. Dado que estas mujeres a menudo operan en el nivel más bajo del crimen organizado debido a vulnerabilidades sistémicas, ¿cómo se pueden aprovechar mejor los marcos internacionales para reorientar las tendencias nacionales de imposición de penas hacia medidas alternativas que salvaguarden la cohesión familiar?
Meg:
Gracias. Es importante distinguir entre la Convención sobre los Derechos del Niño, que es jurídicamente vinculante y brinda herramientas a quienes defienden estos derechos para exigir cuentas a los Estados, y otros marcos de referencia. Otro marco fantástico son las Reglas de Bangkok, las cuales promueven medidas no privativas de la libertad para las mujeres, pero no son jurídicamente vinculantes. A nivel global, las mujeres que inician una trayectoria hacia el comportamiento delictivo a menudo ya experimentan un trauma significativo o una necesidad de apoyo social. Una respuesta de justicia penal amplifica esas barreras tanto para ellas como para sus hijas e hijos.
Jorge:
¿Cuáles son las principales barreras institucionales que impiden a los tribunales penales centrar activamente el interés superior del niño, niña o adolescente durante los procedimientos penales de personas adultas?
Meg:
Puedo compartir nuestra experiencia en Canadá. Uno de los problemas principales es asegurarse de que las madres se sientan seguras para revelar que tienen hijas e hijos, porque existe un gran estigma y temor en torno a la separación. Quienes juzgan a menudo desean considerar el interés superior de la niñez, pero el desafío radica en la brecha de confianza. Para mitigar esto, pilotamos una "Declaración de impacto en la infancia": un documento sencillo donde las madres y padres pueden completar información sobre la rutina de sus hijas e hijos y cómo el encarcelamiento la interrumpirá. En un caso exitoso, un juez utilizó esta información para dictar una sentencia no privativa de la libertad.
Jorge:
¿La Declaración de impacto en la infancia es obligatoria? ¿Están evaluando su eficacia para su institucionalización?
Meg:
Debido a que se encuentra en fase piloto, actualmente es opcional. El hecho de que una persona procesada haya compartido la información y haya recibido una sentencia no privativa de la libertad es un indicador de éxito real que podría ampliarse en el futuro. Sin embargo, la implementación de estas herramientas en todo el sistema toma tiempo y requiere la aceptación de los actores dentro del sistema de justicia.
Jorge:
¿De qué manera pueden la sociedad civil y los jóvenes activistas replantear el debate sobre la política de drogas para demostrar que proteger a las infancias de la separación judicial es un componente esencial de la seguridad pública?
Meg:
Existe mucho poder en la concientización y en empoderar a las personas directamente afectadas con el conocimiento de sus derechos. También debemos asegurarnos de no fomentar la división. Es importante crear espacios donde puedan ocurrir conversaciones difíciles, donde las personas de todas las posturas sean escuchadas y respetadas, y replantear la conversación en torno a consideraciones basadas en los derechos humanos.
Jorge:
Nos gustaría abrir el espacio a nuestros participantes. Veo la mano de Carmen.
Carmen (Asistente del público, Bolivia):
Hola a todos. Mi nombre es Carmen Gabriela de Bolivia. Puedo compartir un poco sobre lo que sucede en Bolivia, que es un centro importante para la producción de coca. Muchas personas involucradas en la actividad solo para obtener ingresos extra no son consumidoras de drogas, pero cuando son capturadas, terminan en la cárcel. El sistema judicial es ineficaz y toma años tener una audiencia. Debido a que las esposas no pueden sostenerse afuera, terminan viviendo en la cárcel con ellos y llevando a los niños. Los niños salen de la cárcel por la mañana para ir a la escuela y regresan al mediodía. Es triste, pero la cárcel proporciona las medidas necesarias para que los niños estén seguros y todos adentro cuidan de ellos. Es un caso de estudio muy interesante sobre el lado de la producción en la cadena.
Meg:
Gracias, Carmen. Respecto a las infancias que viven en prisión con sus madres o padres, he trabajado a nivel internacional analizando las unidades materno-infantiles en Corea del Sur, que eran espacios con enfoque de atención al trauma donde se cuidaba a las niñas y niños. El debate global examina la tensión: un niño, niña o adolescente no debería vivir en una prisión, pero separarlos causa profundos problemas de apego. Existe la Red Global de Guarderías en Prisiones que analiza esto detalladamente. También tenemos una unidad materno-infantil en Canadá, pero el desafío es que su eficacia rara vez se evalúa. Existen demasiadas consideraciones periféricas en las que no pensamos cuando mantenemos una conversación simple en torno a la política de drogas y el encarcelamiento.
Conclusión
Jorge:
Gracias, Carmen, por destacar esta dimensión inexplorada respecto a la cadena de producción. Al acercarnos a la conclusión de nuestra hora, me gustaría expresar nuestro más profundo agradecimiento a nuestra ponente principal, Meg, y a nuestras contrapartes coorganizadoras por su liderazgo. El diálogo de hoy nos recuerda que la reforma de las políticas de drogas constituye una obligación esencial en materia de derechos humanos que determina de forma directa el bienestar y la seguridad de las próximas generaciones. Centrar las decisiones en el interés superior de la niñez exige abandonar con determinación los paradigmas punitivos, transitando hacia marcos compasivos, restaurativos y basados en evidencia. Gracias a la secretaría, a las delegaciones y a todos los representantes de la sociedad civil por su colaboración.
